La Fiscalía archiva la denuncia contra Julio Iglesias por falta de competencia judicial

Madrid · Actualizado el 23 de enero de 2026
📌 Resumen del caso
Decisión: Archivo de las diligencias
Órgano: Fiscalía de la Audiencia Nacional
Motivo: Falta de jurisdicción española
Denuncia: Presuntas agresiones sexuales
Países implicados: República Dominicana y Bahamas
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha acordado el archivo de las actuaciones iniciadas tras una denuncia por agresión sexual presentada contra el cantante Julio Iglesias, al considerar que la Justicia española no tiene competencia para investigar los hechos relatados.
El decreto emitido por el Ministerio Público analiza si los tribunales españoles pueden asumir la investigación de supuestos delitos cometidos fuera del territorio nacional. La conclusión es negativa, apoyándose en la doctrina establecida por el Tribunal Supremo sobre los límites de la jurisdicción española en casos ocurridos en el extranjero.
La denuncia fue presentada el pasado 5 de enero por la organización Women’s Link Worldwide. Sin embargo, la Fiscalía sostiene que no existen elementos de conexión suficientes con España que permitan activar la jurisdicción nacional.
Según el escrito, la Audiencia Nacional ha reiterado en numerosas resoluciones que España no puede investigar hechos cometidos fuera de sus fronteras cuando no concurren vínculos relevantes, especialmente en supuestos en los que las víctimas no residen en el país, los presuntos autores tampoco se encuentran en él y los hechos pueden ser perseguidos en el Estado donde ocurrieron.
En este caso concreto, los presuntos delitos habrían tenido lugar en República Dominicana y Bahamas. Las denunciantes son de nacionalidad brasileña y colombiana y residen fuera de España, al igual que el propio artista.
La Fiscalía coincide así con los argumentos planteados por la defensa de Julio Iglesias, que había solicitado el archivo inmediato de las diligencias al considerar inexistente la competencia de los tribunales españoles.
El Ministerio Público subraya que la nacionalidad española del investigado no basta por sí sola para atribuir jurisdicción a España. La normativa vigente no contempla una competencia automática y establece que este criterio debe aplicarse de forma restrictiva, priorizando el principio de territorialidad.
De este modo, las diligencias preprocesales se cierran sin que se haya llegado a abrir una investigación judicial sobre el fondo de los hechos denunciados.
La Fiscalía añade que solo cabría la intervención de la Justicia española si existiera una imposibilidad real o falta de voluntad de investigar en los países donde supuestamente ocurrieron los hechos, circunstancia que, según el decreto, no se ha producido en este caso. © 2026 · Tu medio digital
